| Decálogo de ayudas por alquiler
¿Qué medidas incluye el real decreto aprobado hoy?
- 210 euros al mes para el pago del alquiler. En contratos de alquiler nuevos. El propietario deposita esta cantidad que se descontará de las tres últimas mensualidades.
- 600 euros de préstamo sin interés para la fianza.
- Coste financiero del aval durante seis meses.
¿Con qué ayudas podrá compatibilizarse?
La renta de emancipación es compatible con las deducciones por alquiler y con las subvenciones, ayudas o beneficios fiscales que establezcan las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias.
¿Quiénes podrán beneficiarse de la medida?
Los jóvenes ocupados con ingresos, entre 22 y 30 años. La medida es válida para los trabajadores por cuenta ajena, autónomos, parados con prestación de desempleo o becarios de investigación. Los extranjeros no comunitarios deben contar con 4 años de residencia legal en España para poder acogerse a la ayuda.
¿Qué requisito deberán cumplir estos jóvenes?
Tener unos ingresos máximos de 22.000 euros brutos anuales. 8 de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación, según los datos del Ministerio de Vivienda.
¿Para qué está pensada la ayuda?
Para alquilar la vivienda habitual. Se beneficiarán también quienes ya estén en alquiler. No se aceptan contratos de alquiler entre familiares próximos. El receptor no puede ser propietario de una vivienda.
¿Cuáles son los límites de la ayuda?
Sólo se concederá una prestación por vivienda alquilada, durante un máximo de 4 años. La ayuda total durante 48 meses asciende a 10.080 euros. Si los titulares del contrato de alquiler fueran más de uno, se prorrateará la prestación.
¿Cuándo está previsto que entre en vigor?
El Gobierno pretende que ésta y otras medidas que tendrán que ser aprobadas mediante Reales Decretos puedan entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2008. |