| Nueva sentencia contra la SGAE por el cobro en bares musicales
Los bares que emiten música bajo licencia Creative Commons no han de pagar a la SGAE ninguna cantidad por comunicación pública. Ésta es la conclusión de una sentencia del juzgado número 8 de León, la segunda que los jueces españoles emiten en este sentido.
"Las licencias Creative Commons, son distintas clases de autorizaciones que da el titular de su obra para un uso más o menos libre o gratuito de la misma", explica la sentencia.
Según el juez, "el demandado prueba que hace uso de música cuyo uso es cedido por sus autores a través de dichas licencias Creative Commons". Con estos argumentos el juez desestima la demanda contra el bar musical Crazy Town por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que reclamaba el pago de mil euros.
"Cada vez hay más locales que programan música bajo licencia Creative Commons, creada en directo u obtenida a través de Internet y la SGAE quiere someterlos todos a su dictadura. No estamos en contra de las licencias, pero queremos acabar con el monopolio de la SGAE. Dos fallos favorables crean un conjunto jurisprudencial, que constituye el único referente legal, que protege los más de 150 millones de contenidos en Internet, licenciados con Creative Commons", afirma el abogado José Manuel de la Fuente, quien ha defendido a los dos bares demandados. __________________
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